Jaque a los derechos de las mujeres y de las personas LGTBIQ en Costa Rica.
Larraitz Lexartza Artza
Este trabajo tiene como objetivo analizar la emergencia de los partidos confesionales y la evolución de su discurso antiderechos en los últimos tres procesos electorales presidenciales y legislativos en Costa Rica.
La consolidación y el avance del discurso antiderechos en Costa Rica han estado estrechamente vinculados al auge de los partidos confesionales evangélicos en el país.
En este sentido, es importante recordar que Costa Rica es todavía un Estado confesional. El artículo 75 de la Constitución Política señala que “la Religión Católica, Apostólica, Romana, es la del Estado”.
A pesar del carácter confesional del Estado que responde a la Iglesia católica, esta ha perdido peso en las últimas décadas, lo cual ha coincidido con el aumento de Iglesias de corte protestante, principalmente pentecostales.
Aunque el Estado es confesional, tanto la Constitución Política (art. 28) como el Código Electoral (art. 136) limitan el uso de la religión en la arena política. Ambas normas prohíben invocar en la propaganda política criterios religiosos y valerse de las creencias religiosas de la población. La existencia de los partidos confesionales contraviene estas disposiciones, pues se fundamentan en las creencias religiosas. Sin embargo, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) ha aceptado su inscripción de forma recurrente. El primer partido evangélico oficialmente inscrito fue la Alianza Nacional Cristiana, en 1982.
El surgimiento de otros partidos de corte evangélico se ha debido, sobre todo, a disputas partidarias que han generado divisiones. En 1995, Justo Orozco, fundador de la Alianza Nacional Cristiana, la abandonó para conformar el Partido Renovación Costarricense (PRC). Posteriormente, en 2005, el pastor Carlos Avendaño fundó el Partido Restauración Nacional (PRN) tras abandonar Renovación Costarricense, también por disputas dentro del partido. En 2012, se inscribió la Alianza Demócrata Cristiana (ADC). Finalmente, Restauración Nacional volvió a dividirse en 2018; como consecuencia, perdió la mitad de las diputadas y diputados de su fracción legislativa. A inicios de 2019, se inscribió otra agrupación evangélica, el Partido Nueva República (PNR) , orientado hacia el ala fabricista del partido.
El primer partido evangélico en obtener una curul fue Renovación Costarricense, en 1998. Desde entonces, y principalmente en los tres últimos procesos electorales, estos partidos han ganado fuerza en la Asamblea Legislativa.
Esta tendencia alcanzó su punto más alto en 2018, cuando Restauración Nacional consiguió 14 de las 57 diputaciones y representación en todas las provincias del país.
Una consecuencia paradójica del elevado número de escaños que alcanzaron fue la representación de género paritaria, por lo que, pese a que sus papeletas estaban encabezadas mayoritariamente por hombres, al lograr más de un escaño en las circunscripciones en las que resultaron victoriosos, un número importante de mujeres consiguieron ganar.
, el 9 de enero de 2018, Costa Rica recibió la notificación de la Opinión Consultiva OC-24/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). Esta instaba a tomar medidas para no discriminar por identidad de género u orientación sexual, y, en consecuencia, permitir el matrimonio entre parejas del mismo sexo (Corte IDH, 2018). Esto catapultó a Fabricio Alvarado a los primeros puestos de los sondeos. En un contexto polarizado, la ya mencionada Opinión Consultiva de la Corte IDH movilizó aún más a los sectores antiderechos y marcó de forma determinante el rumbo de la campaña y del proceso electoral a partir de ese momento. La situación también implicó un giro de los partidos tradicionales hacia posiciones más conservadoras.
Con respecto a los programas de gobierno, Restauración se centró en aspectos como derogar el reglamento que regula la FIV, cerrar el namu, oponerse al aborto, defender el matrimonio entre hombre y mujer, y eliminar la “ideología de género” de la educación (PRN, 2017). La ADC abordó aspectos similares, con énfasis en rechazar cualquier forma de aborto, defender la familia tradicional y eliminar iniciativas educativas que “distorsionen el concepto de género asociado a la biología propia del ser humano, y lo atribuya a una construcción psíquica o social” (ADC, 2018, p. 82). Finalmente, el escueto programa de Renovación no incorporó medidas específicas.
La campaña electoral 2017-2018 estuvo marcada, además, por la intromisión religiosa, a pesar de las prohibiciones que disponen la Constitución y el Código Electoral. Hasta febrero de 2018, el TSE recibió 206 denuncias por este motivo. Se destaca, sin embargo, la tibia intervención del TSE en ese sentido, ya que no actuó de oficio y no emitió ninguna sanción más allá del llamado de atención.
Entre 2010 y 2014, Justo Orozco (PRC) y Carlos Avendaño (PRN) se aliaron con el entonces partido de gobierno, el Partido Liberación Nacional (PLN). Orozco permitió, con su voto en 2012, que el partido oficialista recuperara el control del Directorio Legislativo. A cambio, obtuvo la presidencia de la Comisión de Derechos Humanos, tribuna desde la cual se dedicó a obstaculizar el avance de los proyectos que buscaban permitir las uniones de personas del mismo sexo. Entre 2014 y 2018, los evangélicos apostaron nuevamente por las alianzas, con una lógica similar.
El acercamiento del PAC a los partidos y grupos evangélicos fue más allá en ese cuatrienio. Durante el periodo legislativo extraordinario de 2014, el Ejecutivo convocó el proyecto de ley 19.099 para Libertad Religiosa y de Culto (El PeridicoCR, 4 de agosto de 2014). Este proyecto, presentado en la legislatura anterior por Avendaño, buscaba otorgar importantes privilegios a la Iglesias evangélicas. Posteriormente, en 2016, medios de comunicación reportaron que el entonces presidente, Luis Guillermo Solís, recibió una “imposición de manos” por parte de varios pastores y “apóstoles” en la Casa Presidencial (Mora, 2016).
Medir el impacto de la emergencia y crecimiento de los partidos evangélicos para los derechos de las mujeres y las personas LGTBIQ no es una tarea fácil.
La victoria del candidato evangélico Fabricio Alvarado propició un clima de exaltación de las posiciones ultraconservadoras, y, a su vez, conllevó un aumento de las agresiones contra mujeres y personas lgtbiq. Durante ese periodo, se produjo un hecho insólito en el país hasta ese momento: se cometieron siete femicidios durante un solo mes
No existen elementos suficientes para establecer una relación causal entre la proliferación de mensajes cuestionadores de los derechos de las mujeres y el aumento de la violencia, sin embargo, tampoco se puede descartar esta opción.
Los ejemplos más claros de amenazas a derechos conquistados tienen que ver con la interrupción del embarazo y la institucionalidad para promover los derechos de las mujeres. Con respecto al primer punto, el artículo 121 del Código Penal establece: “No es punible el aborto practicado con consentimiento de la mujer (…) si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y éste no ha podido ser evitado por otros medios”. Durante el periodo estudiado, se han presentado al menos tres iniciativas para modificar ese artículo y restringir la excepción. Además, está aún activo un proyecto de ley cuyo objetivo es cerrar el INAMU y crear una nueva institución encargada de atender a las familias, lo cual diluye el mandato de esa institución con respecto a los derechos de las mujeres.
Con respecto a las dificultades para avanzar en el reconocimiento de nuevos derechos, los partidos evangélicos han hecho imposible que se aprueben algunos proyectos de gran relevancia, o bien saturándolos de mociones o bien negociando que no fueran incluidos en el orden del día. Este fue el caso de los proyectos que buscaban permitir las uniones del mismo sexo o la FIV en el país. De hecho, la oposición a estos proyectos logró cohesionar aún más a evangélicos y católicos
En el caso de la FIV, es importante recordar que en 2000 se prohibió esta técnica reproductiva en Costa Rica, debido a una resolución de la Sala Constitucional (2000). Esta prohibición llevó a un grupo de parejas afectadas a interponer una denuncia internacional ante la Corte IDH. Aun reconocido el derecho a la FIV, levantar la prohibición en el país se demoró cuatro años más. El proyecto legislativo para regularla llegó a tener hasta nueve textos sustitutivos y recibió mociones que comprometían severamente la salud de las mujeres. Debido a las dificultades para aprobar una nueva norma, y así cumplir lo dispuesto por la Corte IDH, la técnica fue regulada mediante un decreto presidencial. Este tampoco se aplicó de inmediato, debido a acciones de inconstitucionalidad presentadas por grupos antiderechos, mediante los cuatro diputados evangélicos activos en aquel momento. Finalmente, una nueva intervención de la Corte IDH propició que se aplicara la técnica a partir del 26 de febrero de 2016.
El matrimonio igualitario sufrió una dilación similar. Aunque la Opinión Consultiva de la Corte IDH que lo hizo posible se emitió en febrero 2018, no entró en vigor hasta mayo de 2020. Al igual que en el caso anterior, la resolución de la Corte IDH requería que se adaptara la normativa nacional a lo dispuesto por el tribunal. Esta situación abría la puerta a la posibilidad de posponer indefinidamente la aplicación, ya que era improbable que se aprobara en la Asamblea Legislativa una regulación acorde con lo dispuesto por el tribunal internacional.
En este escenario, activistas de los derechos de las personas lgtbiq emprendieron la vía constitucional como estrategia para garantizar la entrada en vigor del matrimonio igualitario, e interpusieron un recurso de inconstitucionalidad contra la disposición del Código de Familia, que prohibía el matrimonio entre personas del mismo sexo. La resolución de la Sala Constitucional ante este recurso fue favorable, aunque atípica. Si bien la Sala reconocía la inconstitucionalidad de la norma, no la derogó con carácter inmediato. Otorgó a la Asamblea Legislativa un plazo de 18 meses para aprobar una regulación acorde con lo dispuesto en la Opinión Consultiva. Además, estableció que, de no haberse logrado un resultado satisfactorio en ese periodo, las disposiciones discriminatorias del Código de Familia serían derogadas y el matrimonio entre personas del mismo sexo entraría en vigencia sin una regulación adicional (Sala Constitucional, 2018)
La entrada en vigor del matrimonio igualitario se concretó el 26 de mayo de 2020, en unas condiciones atípicas marcadas por la situación de la pandemia de covid-19. Debido a las restricciones de movilidad adoptadas por el Estado, no era posible organizar manifestaciones que contestaran los derechos de las personas l g t b i q . Sin embargo, durante las semanas previas a la entrada en vigencia del derecho, sí se vivieron momentos de tensión.
En primer lugar, después de un periodo de importantes logros normativos para los derechos de las mujeres, principalmente durante los años noventa, la irrupción de los partidos evangélicos, en un inicio con apoyo muy minoritario y un discurso grotesco, parecía poco relevante. Sin embargo, reconstruir su andadura evidencia un crecimiento gradual y que cada etapa ha sido necesaria para alcanzar estadios de mayor apoyo. En este sentido, es esencial crear estrategias para enfrentarse con los grupos antiderechos que buscan participar en la política electoral desde el inicio.
En segundo lugar, la fragmentación parlamentaria ha contribuido a aumentar el poder de los partidos evangélicos en diferentes periodos, ya que sus votos adquieren mayor relevancia para impulsar propuestas legislativas. Sin embargo, los partidos políticos que se prestan a las alianzas con aquellos que asumen posiciones antiderechos los convierten en interlocutores válidos y les otorgan legitimidad.
En tercer lugar, en la actualidad, el discurso de los partidos evangélicos pivota en torno a la “ideología de género”. Se trata del concepto que ha resultado más útil para vertebrar su discurso y hacerlo llegar a la gente de forma sencilla.
Por último, con frecuencia se dan por sentados los derechos ya adquiridos. Se asume que la trayectoria de los derechos humanos es solo hacia delante, hacia conquistar nuevos derechos y ampliar los existentes. Sin embargo, en este momento los que se han alcanzado están amenazados.